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Nuevo horario toque de queda a partir del miércoles

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Contraloría

El Gabinete de Salud informó este viernes que a partir de la próxima semana inicia el proceso de socialización del Plan Nacional de Vacunación contra el COVID-19.

La vicepresidenta Raquel Peña, quien presidente el Gabinete dijo que a partir de la próxima semana se darán detalles, pero adelantó que se contempla usar los centros de votaciones para la jornada de vacunación.

También anunció el nuevo horario del Toque de Queda y las nuevas medidas de distanciamiento social para el control y propagación de la enfermedad.

Durante una rueda de prensa en el salón Las Cariátides del Palacio Nacional, donde leyó el decreto número 37-21, la vicemandataria detalló las nuevas medidas que regirán desde el miércoles 27 de este mes hasta el ocho de febrero.

El nuevo horario del toque de queda para todo el territorio nacional es de lunes a viernes, de 7:00 de la noche hasta las 5:00 de la mañana, mientras que los sábados y los domingos es de 5:00 de la tarde hasta las 5:00 de la mañana, con una gracia de libre circulación, en ambos casos, de tres horas adicionales.

El decreto 37-21 establece que las entidades estatales que prestan servicios de transporte público, tales como la Oficina para el Reordenamiento del Transporte (OPRET) y la Oficina Metropolitana de Servicios de Autobuses (OMSA), a ofrecer sus servicios durante el horario de la gracia de libre circulación.

También recuerda los ciudadanos que tienen permiso para circular durante este horario, entre ellos, el personal de salud, de seguridad, de prensa, los operadores de vehículos y los que trabajan en la elaboración de alimentos, entre otras.

Regulación de espacios públicos y privados de uso público

La nueva disposición establece que las personas podrán utilizar los espacios abiertos al aire libre, tales como parques y malecones, para actividades que no impliquen aglomeración y en estricto cumplimiento de los protocolos sanitarios vigentes.

Para las prácticas deportivas, el decreto dispone que los gimnasios podrán recibir clientes en sus instalaciones hasta el 60% de su capacidad total, en estricto cumplimiento de los protocolos sanitarios establecidos.

Mientras que para los lugares de consumo de alimentos y bebidas, establece que podrán recibir clientes en sus instalaciones hasta el 60% de su capacidad total, en estricto cumplimiento de los protocolos sanitarios vigentes y sin exceder de 6 personas por cada mesa.

Además indica que en los lugares destinados a la celebración de actividades religiosas, como las iglesias católicas y de otras denominaciones, pueden celebrar sus cultos tres veces a la semana.

La disposición indica que las actividades del sector turístico seguirán reguladas mediante su protocolo sectorial y mantiene prohibidas la organización, promoción y ejecución de actividades masivas, como fiestas u otras similares en las instalaciones turísticas de todo el país.

Para garantizar el cumplimiento de lo dispuesto en el presente capítulo, se dispone la presencia de vigilantes sanitarios o inspectores COVID-19 en los espacios públicos y privados de uso público descritos anteriormente, cuyas funciones serán coordinadas por el Ministerio de Salud Pública, el Ministerio de Deportes y Recreación, el Ministerio de Turismo y los ayuntamientos municipales.

El decreto dispone que el horario laboral en el sector público será hasta las 3:00 de la tarde y que el 40% de la plantilla de empleados públicos no esenciales para la actividad del Estado, continuará sus labores a través del teletrabajo.

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