Las nuevas medidas anunciadas por el presidente Danilo Medina con el fin de contrarrestar la propagación del coronavirus entrarán en vigencia a las 6 de la mañana del próximo jueves 19.
A continuación, las medidas adicionales anunciada por el mandatario:
– Enviar al Congreso la solicitud de declaratoria de emergencia nacional.
– Cerrar las fronteras del país por tierra, mar y aire, durante los próximos 15 días.
– Solo se permitirá la entrada de aviones ferry para la salida de ciudadanos extranjeros que quieran regresar a sus países y la llegada de aviones, buques de carga y de combustibles para garantizar los suministros a la población.
– Queda suspendida la docencia en todos los centros escolares y universitarios hasta el próximo lunes 13 de abril.
– Quedan suspendidos por 15 días los eventos y concentraciones de toda índole.
– En el caso de los restaurantes se permitirá únicamente la recogida y el servicio a domicilio de alimentos.
– Se suspenden igualmente los mercados de pulga en todo el territorio nacional y los mercados binacionales en el área fronteriza.

– Se suspenden los actos proselitistas electorales que tengan que ver con la realización de marchas, mítines y caravanas, tal como se informó previamente a los candidatos presidenciales.
– Quedan suspendidas las actividades comerciales durante los próximos 15 días, con la excepción de aquellas que se dedican a actividades básicas para la población: supermercados, colmados, estaciones de expendio de combustibles, farmacias y establecimientos comerciales dedicadas al expendio de alimentos crudos o cocidos, entre otros.
– En toda la Administración Pública, los empleados que tengan más de 60 años de edad y alguna condición especial de salud como diabetes, hipertensión, enfermedades cardiovasculares o respiratorias, deberán permanecer en sus hogares mientras dure la crisis.
– El resto de los empleados serán alternados al 50% por semana, exceptuando los titulares y aquellos que sean indispensables, salvo que se detecte a alguien con síntomas del coronavirus.
Medidas en el área de salud:
1.- A partir de ahora aquellos laboratorios privados que estén debidamente certificados podrán realizar la prueba para detectar el coronavirus.
2.- Se están habilitando más centros de aislamiento necesarios para la defensa de la Salud Pública del Pueblo Dominicano.
3.- Con relación a los hospitales y clínicas se limitan las visitas y la circulación de personas.
4.- Se recuerda también que la notificación de casos es obligatoria para profesionales, clínicas y hospitales, como lo establecen las normativas del Ministerio de Salud Pública.
5.- Los centros de servicios de salud privados, si así lo desean, quedan autorizados en coordinación con el Ministerio de Salud, para habilitar áreas de aislamiento en sus instalaciones.
6.- la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales y el Ministerio de trabajo junto con todas las ARS acordaron respaldar todas las iniciativas de la Comisión de Alto Nivel para la prevención del Coronavirus en el país.
7.- Se autoriza al Ministerio de Hacienda a tomar todas las medidas de asistencia a la industria farmacéutica a fin de apoyar la producción e importación de medicamentos e insumos contra los efectos del virus, de manera que garantice el abastecimiento a la población a precios razonables.
Medidas económicas:
1.- Para el sector hotelero, la DGII dejará de aplicar temporalmente la tasa a los Acuerdos de Precios por Anticipado (APA).
2.- Asimismo, se permitirá dividir en cuatro pagos la liquidación del impuesto anual de la renta que deben efectuar en abril todas las empresas que cierran ejercicio en diciembre.
3.- Se otorgarán facilidades urgentes para flexibilizar el pago de los compromisos de anticipos de todo el sector productivo, en tres cuotas inmediatamente posteriores al período de emergencia.
4.- El Ministerio de Hacienda coordinará cualquier otra flexibilización necesaria sobre el pago de obligaciones impositivas de empresas y personas, que pudieran ser aplazadas durante el período de emergencia.






































